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Descripción archivística
Ayuntamiento de Plasencia Unidad documental compuesta
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Amojonamiento e información sobre los adelantamientos efectuados por el concejo de Plasencia y los vecinos de Serradilla en el baldío y dehesa de Plasencia.

información sobre los adelantamientos efectuados por los vecinos de Serradilla desde los Arroyos en el baldío y dehesa de Plasencia entre julio y septiembre de 1594. Contiene:

  • Denuncia de un vecino de Plasencia, Juan González, contra el concejo y vecinos de Serradilla porque habían adelantado más de cien fanegas en la dehesa de los Arroyos, labrando y rompiendo el baldío y la dehesa (16-07-1594)
  • Interrogatorio de testigos
  • Denuncia del procurador de la ciudad, Hipólito de la Cadena, contra Serradilla.
  • Se recorren los mojones de la ciudad en la Venta de la Serrana (24-07-1594), información de testigos.
  • El procurador de la ciudad pide traslado de la información, visita y deslinde de los mojones que estaban puestos en lo público y realengo de esta ciudad (03-09-1594)

Ayuntamiento de Plasencia

Auto del Consejo de 17 de octubre determinando que se cumpla otro anterior de 25 de septiembre del mismo año para que los vecinos de Plasencia y sus arrabales sean amparados en la posesión de no contribuir tanto en la ciudad como en su tierra entretanto el proceso se sentencia

El primero de los documentos son dos hojas en pergamino que sirven de cubierta al segundo de ello

Ayuntamiento de Plasencia

Ejecutoria sobre la moneda forera de Plasencia y su Tierra.

Incluye :
35.1 - Poder de la Junta General del Sexmo dado en Malpartida (Iglesia de San Juan Bautista) el 19 de enero de 1.592, a favor de Alonso Rodríguez como procurador general de los lugares de la Tierra de Plasencia.
35.2 - En 1.532 -- Presentación ante el teniente de corregidor Francisco de Avilés de una provisión real de Carlos I, dada en Medina del Campo el dia 14 de julio de 1.532 revocando otra anterior a favor de la Tierra, mandando se haga información sobre las exenciones de moneda forera a Plasencia y sus arrabales.
35.3- Poder de la ciudad a favor de Juan de Hinojosa dado el 26 de julio de 1.532.
35.4- Poder de la Tierra de Plasencia dado en Cuacos Iglesia de Nuestra Señora de Santa María) 7 de mayo de 1.531.
35.5- Los representantes de la Tierra presentan un escrito de contradición ante el teniente de corregidor. Este declaró no haber lugar a la suplicación.
35.6- Escrito en contra del representante de la ciudad.
35.7-Informe favorable a la ciudad por parte del teniente de corregidor del 29 de octubre de 1.532.
35.8- Presentación ante el Consejo de una carta de privilegio y confirmación de los RR. CC. sobre las exenciones de los vecinos de Plasencia:
1ª. Dada en Valladolid el 22 de diciembre de 1.488.
2ª. Confirmación (sobrecarta) dada en Madrid el 25 de noviembre de 1.494.
35.9- Escrito de ambas partes para que se atienda sus peticiones.
35.10- Auto del Consejo de 25 de septiembre de 1.533 a favor de Plasencia.
35.11- Recurso de agravio contra este auto por parte del representante de la Tierra, pidiendo su anulación.
35.12- El representante de la ciudad Francisco de Collazos: que se debía confirmar el auto del Consejo.
35.13- Nuevo poder para los representantes de la Tierra (sustituyendo al anterior) dado en Jaraíz (Iglesia de Nuestra Señora de Santa María) el 16 de mayo de 1.533 y otro de 8 de julio de 1.533 sustituyendo a uno de ellos dado en Madrid en esa fecha.
35.14- Auto del Consejo dado en Madrid el 17 de octubre de 1.533, confirmando el auto anterior de 25 de septiembre de 1.533.
35.15- Carta ejecutoria (“En el interin”) a favor de Plasencia del 19 de octubre de 1.533 para que se guarde la posesión mientras el pleito se determinaba y se recibían pruebas.
35.16- Desautorización del procurador de la Tierra a otro procurador de la misma por haber consentido el auto pronunciado por el Consejo, y reclamación y contradición contra la carta ejecutoria.
35.17- Petición del procurador de Plasencia para que no se tenga en cuenta la petición de la parte contraria.
35.18- Auto de ejecución remitido a la Chancilleria de Valladolid el 27 de octubre de 1.548.
El procurador de la ciudad presentó varias pruebas:
Padrón mandado a hacer en 1.531 a cada uno de los lugares de la Tierra.
Ejecutoria a favor de la ciudad dada en Valladolid en 21 de mayo de 1.513.
Real provisión de Isabel I, retornando a la ciudad las barcas de Albalá, a cambio de quitar de sus Propios la dehesa del Arroyo de la Carça ( en el Campo Arañuelo) y quedarla por baldío. Dada en Ubeda el 3 de noviembre de 1.489.
El procurador de la Tierra dice que no se debe admitir estas escrituras como prueba por estar el pleito concluso.
35.19La ciudad presenta una escritura de concordia del 28 de septiembre de 1.549 (con inserción de los poderes de ambas partes, el de la Ciudad el 9 de agosto de 1.549 y los de la Tierra, Cuacos el 14 de julio de 1.549) y Cuacos el 11 de marzo de 1.548.
Nota.- La concordia en el documento de 1.594 comienza en el fol. 101; en el traslado de 1.761 comienza en el fol. 50 v.

  • La concordia se realizó el 30 de marzo de 1.549 (fol. 107 en documento 1º y fol. 53 en documento 2º) pero se otorgó ante el escribano Andrés García el 28 de septiembre de 1.549.
    35.20- Auto dando la carta ejecutoria a petición de la ciudad, dado en Valladolid el 9 de febrero de 1.594.

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Expediente de Capitalidad

El expediente sobre la capitalidad en la Alta Extremadura de 1821-1822. La estructura territorial de Extremadura originada en noviembre de 1833 con la división en dos actuales provincia, tiene sus antecedentes en el intento de división territorial aprobado por las Cortes en enero de 1822. La movilización de la zona norte de Extremadura para conseguir que la capitalidad fuese en el sitio más próximo a sus localidades se plasmó en este expediente conservado en el AMP.
El intento de división provincial (Decreto de las Cortes de 27-1-1.822) introdujo ciertos parámetros demográficos, económicos y geográficos, perfeccionando el primer proyecto de las Cortes de Cádiz de 1.813. Hubo unanimidad de los legisladores, salvo en lo referente a la capitalidad, sobre el que se luchó encarnizadamente. En el caso extremeño se dio esta pugna entre Mérida-Badajoz y Plasencia-Cáceres. Los placentinos se movilizaron rápidamente, nombrando unos comisionados para que fueran a Madrid a gestionar la capitalidad en Plasencia (Junta del 30 de marzo de1.821 celebrada en el palacio episcopal). Posteriormente, al no conseguirse la capitalidad, se intentó que el rey no sancionase el decreto de las Cortes. El documento aquí reseñado nos muestra que, a pesar de haber sido aprobado, sancionado, y promulgado (3 de marzo de 1.822), Plasencia aún intentó que se revocase.
Terminado el segundo periodo absolutista, la cuestión provincial se reanudó con la Regencia de María Cristina, resolviéndose de una manera rápida por el entonces ministro de Fomento Javier de Burgos, quien logró que se aprobase el decreto el 30 de noviembre de 1.833

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Expediente de Joseph Tejado arrendatario de la barca de la Bazagona, solicitando se reconozca por perito la nueva barca construida y se le satisfaga su coste.

que Joseph Tejado solicita se le abone el pago de los 650 reales que le resta del total de 1000 reales por parte del Ayuntamiento por la construcción de una nueva barca al estar la antigua “muy quebrantada y en peligro de alguna desgracia.” El expediente se resuelve con el libramiento u orden de pago el 8 de abril de 1734.
Incluye el auto del corregidor nombrando perito, y acuerdo del 8 de abril de 1734 para que se le de libramiento.
Transcripción:
“Sobre la satibfación del coste de la Barca dela Bazagona =
Joseph Tejado Bezino de la villa de Toril, como mas lugar ay a ante Vuestra señoría, parezco y digo que en mi se rremató la fábrica de una barca para el puerto de la Bazagona. Uno de los propios del ayuntamiento de esta Muy Noble Ciudad por estar la que serbía muy quebrantada y en peligro de alguna desgracia, en cantidad de mill Reales de vellón con las condiciones que constan de su postura siendo una de ella, que un mes después del día del remate la havia de dar fenecida y acavada, […] del maestro perito y asimismo, que luego que ella rematase se me abian de dar quinientos reales para dar principio dicha fabrica y los doszientos y cinquenta reales luego que la madera de los pinos para su fabrica estuviese que esta en dicho puerto, y los doszientos y cinquenta reales restantes, luego que estubiese fenecida y puesta en el puerto, y dada por buena, y mediante que la tengo fenecida y acavada y hechada al agua y que no obstante dicha condición solo se me han entregado por la parte de dicho Ayuntamiento y sumamos de propios Doszientos cinquenta reales y se me restan setezientos y cinquenta , para que mediante lo refevido se perfecione. Constando haver cumplido con la obligación demi postura, y yo pueda cobrar mi libramiento haver que se me resta =
A V.s. pido y suplico se sirba de nombrar maestro yntelijente y perito el que sea de la elección de Vuestra señoría que para aber y rreconozer dicha barca teniendo presentes sus condiciones y prezedente juramento declaré de esta con arreglo a ellas, y constando es lo mandar que dicho mayordomo de propios se me paguen y satisfagan los referidos setezientos y cinquenta reales de bellon de que nezesito para satisfacer los gastos que he tenido en su fábrica y el premio de mi trabajo y ser conforme a lo capitulado y debo que pido y juro lo necesario.

Joseph Texado

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Expediente del proyecto de edificio destinado a Cinematógrafo en Plasencia, propiedad de D. Rafael Barona.

Se trata de un expediente compuesto por documentación administrativa (solicitud de licencia de obras, diligencias administrativas, etc.,), memoria y nueve planos de tamaño A3. La memoria y los planos están duplicados.
Este proyecto de obras fue promovido por D. Rafael Barona Verea, a la sazón hermano del que fuera Alcalde de Plasencia D. Fernando Barona Verea durante el periodo que va desde el 31 de marzo de 1952 hasta el 25 de septiembre de 1964. El arquitecto de este proyecto fue D. Jacobo Romero Fernández y su datación corresponde al año 1945. Según este proyecto, dicho cine se situaría en la calle Marqués de Mirabel nº 32, actual calle Zapatería con el mismo número.
este edificio para cine no se llevó a efecto, a pesar de habérsele concedido licencia por la Comisión Gestora del 3 de agosto de 1945, desconociendo las causas de ello, aún así, ha sido nuestra intención mostrar el proyecto por su gran valor arquitectónico y artístico. Los planos que contienen dicho proyecto reflejan muy bien la estructura y diseño del futuro cine, destacando la fachada estilo Art Decó del edificio, suscitando también mucha curiosidad el plano de la sala principal donde se ubicarían las butacas y la pantalla del cine.

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Expediente para construir en subasta pública treinta nichos en el Cementerio Municipal de Santa Teresa.

Este documento, incluye un dibujo a color de los nuevos nichos.
Este expediente está formado por los documentos correspondientes a las subastas, de cinco tandas de construcción de nichos o panteones, para determinar quién sería el constructor de los nuevos nichos y con qué coste, celebradas entre el 30 de marzo de 1845 y el 16 de enero de 1848.
El expediente incluye el presupuesto detallado de la obra incluyendo cantidad y precios de la piedra, ladrillos, pizarras y baldosas que serían necesarias para su consecución.
Tras la primera subasta, que es la que da inicio al expediente, hubo que realizar otras cuatro tandas constructivas más, ante la rápida ocupación y demanda de los nichos.
La primera subasta se convocó para celebrarse el 30 de marzo de 1845, quedando suspendida y vuelta a convocar hasta el 4 ocasiones más, siendo la definitiva la del 4 de mayo, siendo el mejor postor Francisco Mirón, al precio de 2540 reales.
La segunda fue para la construcción de 25 nichos o panteones celebrada el día 3 de agosto de 1845, siendo el mejor postor Francisco Blanco al precio de 2115 reales.
La tercera fue para la construcción de 25 nichos o panteones celebrada el día 8 de marzo de 1846, siendo el mejor postor Domingo Sánchez al precio de 2000 reales.
La cuarta fue para la construcción de 25 nichos o panteones celebrada el día 1 de noviembre de 1846, siendo el mejor postor Domingo Sánchez al precio de 1700 reales.
La quinta y última fue para la construcción de 25 nichos o panteones celebrada el día 16 de enero de 1848, siendo el mejor postor Benito Blanco al precio de 1570 reales.

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Expediente para la formación del Censo Electoral de 26 de enero de 1932

El expediente general está formado por todos los documentos relativos a todas las operaciones que se realizaron para la formación del Censo Electoral, incluye correspondencia con el Jefe Provincial de Estadística de la Provincia de Cáceres, Tomás Martín Gil, la constitución y actividades llevadas a cabo por la Junta Municipal del Censo de población, entre las que se encuentra el listado provisional del electorado y las reclamaciones posteriores a dicha lista y por último, la lista definitiva aprobada por la Junta Provincial del Censo Electoral el 19 de noviembre de 1932.

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