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Interrogatorio de Miguel Cayetano Soler sobre las fábricas, artes y oficios de la Ciudad de Plasencia.

Consta de noventa y cuatro preguntas a las que el Ayuntamiento debe contestar y enviar de forma diligente al Señor Secretario de Estado D. Miguel Cayetano Soler, está firmado en Barcelona a 12 de octubre de 1802 por “Soler y Mariano Domínguez” y relleno y firmado para su vuelta en Plasencia el 7 de mayo de 1803, por D. José de Castilla Canónigo del hábito de Santiago, Don José Zancudo y D. José Antonio del Barco, regidores y comisarios nombrados por el Ayuntamiento, y Don Juan Santos Villanueva, Prior Síndico Personero .

Ayuntamiento de Plasencia

Legado Miguel Sánchez-Ocaña

  • ES 10148 AMP 03
  • Agrupación de fondos
  • 1504-2007

Fondo familiar.

El fondo familiar es el que aporta un mayor volumen de documentos. Contiene información relativa a los negocios, cargos y oficios varios de Ventura Delgado y sus familiares, así como sus relaciones interpersonales. De este fondo las subsecciones documentales más amplias son las relativas a la AGENCIA DE NEGOCIOS familiar, siendo las series de correspondencia, y la de cuentas, recibos y letras las más importantes por su volumen y por las instituciones y personajes que aparecen, reflejo de la incipiente burguesía extremeña y del dinamismo de Ventura Delgado, ya que no se restringe solo al ámbito extremeño sino que se amplía a otras zonas de España.

También dentro de esta subsección cabe destacar los apartados relativos a los Efectos Estancados que expresan las rutas de abastecimiento y comercio de un producto tan imprescindible como era la sal en el siglo XIX, así como la importancia que va cobrando el consumo del tabaco; y los Suministros a las Tropas, de entre estos el relativo a los suministros a las tropas inglesas en 1813.
En la Subsección PERSONAL de Ventura Delgado, en el apartado referido a la Documentación Judicial, es de reseñar el expediente de legalización de la venta de bienes baldíos en la guerra de la Independencia y el expediente de purificación de Ventura Delgado después del Trienio Liberal. Siguiendo en esta Subsección, el apartado Documentación Personal es de interés la serie vida académica, militar y profesional que incluye certificados de los estudios universitarios de Ventura Delgado en Salamanca y Valladolid. La documentación de temática diversa está incluida bajo el epígrafe de Otros Documentos, destacando la referida a la capilla de la finca Rodeznera, así como la nota sobre los secuestradores en 1839 de Ventura Delgado.
En las COLECCIONES de Ventura Delgado, la relativa al Ayuntamiento de Riolobos es de gran interés para la historia de esta localidad, ya que viene a esclarecer un periodo histórico (primer tercio del siglo XIX), del cual parece ser que no existe documentación en su archivo municipal. Así mismo en la documentación notarial es interesante los cuadernos registro de hipotecas de Tomás Izquierdo Carnacedo, escribano de Casatejada y del distrito notarial de Navalmoral, y el cuaderno registro de escrituras del escribano de Plasencia José Aguado de Mendoza.
Dentro de la sección OTROS FAMILIARES, la documentación relativa a Antonio de la Calle es interesante el pleito que sostuvo con el Ayuntamiento de Casas del Castañar por las noticias que refiere sobre la guerra de la Independencia en este pueblo; la de Juan Delgado Garrido relacionada con el Ayuntamiento de Riolobos; las colecciones de Miguel Sánchez-Ocaña López de Berges con la revista “Ortus” del nº 1 al 10, y 320 números de la revista cultural “Hidalguía”.

Fondo municipal.

El fondo municipal tiene un menor volumen documental pero no por ello es menos importante ya que viene a completar lagunas documentales del propio Archivo Municipal.
De la sección de GOBIERNO, en el apartado CONCEJO/AYUNTAMIENTO, se destaca la serie Actas, Minutas y Convocatorias del Ayuntamiento por lo anteriormente dicho.
Debemos reseñar que este Legado contiene documentación referida a los cargos y oficios nombrados por el Ayuntamiento placentino para el gobierno de las seis villas de su señorío.
De gran relevancia e interés para los investigadores es la documentación referida a la Junta de Gobierno de Plasencia durante la guerra de la Independencia, por ser documentación inédita y esclarecedora de este periodo histórico.
En el Sexmo es interesante la documentación judicial y las cuentas de la Depositaria de la Junta de Subsistencia de Plasencia y de Jarandilla.
Es notable la serie de disposiciones en la documentación referente a las Autoridades Supramunicipales, que incluye el documento más antiguo de este Legado con la firma autógrafa de los Reyes Católicos (Real Provisión de 1504). Asimismo es de destacar las disposiciones relativas a 1808 y los cuadernos de disposiciones de diversas autoridades 1827 y 1829.
Otra serie de interés tanto por su volumen como por su contenido, dentro de las Autoridades Supramunicipales, es la referida a la Documentación Judicial, y en especial la relativa a los litigios mantenidos entre el Cabildo y el Ayuntamiento, así como los conflictos suscitados por los regidores municipales.
Dentro de la sección de ADMINISTRACIÓN, Subsección de SECRETARÍA, la serie de correspondencia, si bien es exigua, es de cierta relevancia, ya que uno de los documentos da noticias del ejército francés en 1812. Y el otro documento es un oficio del ingeniero militar Iznardo sobre la fortificación de la ciudad en 1839; La serie de solicitudes contiene dos cuadernos de temática muy diversa, uno de 1810 y otro de 1824.
Dentro de PATRIMONIO la serie expedientes son de relevancia los relativos a la subasta de diversas rentas pertenecientes a los propios en 1815-1816; de la serie de solicitudes, la relativa a la extracción de piedra de la muralla en 1826 y la venta de piedra en 1828.
En documentación relativa a PERSONAL, es de interés el memorial de la ciudad sobre el nombramiento del escribano de Serradilla, por llevar inserto la carta de merced de Felipe III, concediéndole en 1608 a Plasencia la escribanía de Serradilla.
En ARCHIVO, hay que destacar los inventarios de documentos municipales entregados por Ventura Delgado en 1834.
En la sección SERVICIOS la documentación relativa a obras, es significativa la escritura sobre la concesión de licencia en 1587 a la Marquesa de Mirabel, para allanar la plaza situada delante de la Fortaleza, así como la solicitud de 1810 del administrador del Conde de Torrejón, relativa al estado ruinoso de la Casa de las Torres, igualmente los informes de 1824 y 1825 sobre el estado de la Cárcel Pública.
La documentación relativa a abastos, es de interés las visitas de inspección a las tabernas en 1761 y la Junta de Cosecheros de marzo de 1824.
En la documentación relativa a transportes, sólo consta de un expediente, pero de cierto interés, ya que se refiere al intento de hacer el río Tajo navegable en 1829.
En la Subsección POLICÍA son de interés los certificados de conducta política, pues la mayoría de los conservados se refieren a la época posterior al Trienio Liberal.
En cuanto a la documentación relativa a los Hospitales y Obras Pías, son interesantes las Ordenanzas impresas de este mismo hospital de 1704 y las obras del hospital de la Merced en 1815 y 1816.
En la documentación relativa a Educación, son de interés los memoriales para la creación de un estudio público en 1787 y en 1789, así como el expediente sobre la creación de una Universidad en el Convento de San Vicente.
La documentación relativa a Cultura, solo consta de dos documentos referidos al teatro.
De la documentación estadística y demográfica, son interesantes los antecedentes para el interrogatorio de la Real Audiencia y la estadística de conventos, seminarios y niños expósitos en 1830.
De la Subsección QUINTAS Y MILICIAS, conviene reseñar la documentación referida a la guerra de la Independencia y en especial los suministros a las tropas.
De la Subsección INTERVENCIÓN, es de interés por su amplitud cronológica el testimonio de los valores de Propios.
De TRIBUTACIÓN, el registro de la contribución única de 1771.
De TESORERÍA, en la serie de cuentas y documentos justificativos, tiene relevancia la referida a las proclamaciones del rey Luis I y Carlos IV.
De RECAUDACIÓN, son interesantes las cuentas referidas a las penas de cámara y las del arbitrio de los Voluntarios Realistas.

Sánchez-Ocaña López de Berges, Miguel

Retrato de Pedro Sánchez-Ocaña Acedo-Rico.

Retrato de perfil de Pedro Sánchez-Ocaña Acedo-Rico. En el cartón por debajo de la fotografía nombre y dirección del fotógrafo " V. Benito. Plazuela de D. Nuño Pérez de Monroy, núm 1. Plasencia"

V Benito (fotógrafo)

Auto del Consejo de 17 de octubre determinando que se cumpla otro anterior de 25 de septiembre del mismo año para que los vecinos de Plasencia y sus arrabales sean amparados en la posesión de no contribuir tanto en la ciudad como en su tierra entretanto el proceso se sentencia

El primero de los documentos son dos hojas en pergamino que sirven de cubierta al segundo de ello

Ayuntamiento de Plasencia

Repartimiento de la moneda forera en el sexmo del Valle y Trasierra

Ruy Sánchez de Cepeda, procurador general de la Tierra, y otros tres sexmeros
cargan entre los lugares de ella los 36.505 maravedíes de la moneda forera.
Repartimiento fiscal.
La moneda forera era un impuesto que se pagaba cada 7 años al rey, en
reconocimiento del señorío real. En época de los Zúñigas se estableció su pago en la
cantidad de 36.505 maravedíes para la Ciudad y su Tierra. Ésta fue confirmada
posteriormente por los RR. CC. y sus sucesores. Este privilegio no dejó de suscitar
controversia entre Plasencia y su Tierra, de ahí que a veces se avinieran con la firma
de concordias.
Dada la escasez de fuentes demográficas para este periodo la información que
nos apunta este documento es valiosa, ya que nos permite calcular, de acuerdo con la
carga impositiva que se reparte a cada vecino, los hogares o vecinos que había en el
Sexmo del Valle y Trasierra en ese momento.
Transcripción:
En la cibdad de Plasencia a siete dias del mes de abril, año del Señor de mil e quinientos
e quarenta y ocho años, por virtud de una provision de su magestad que por su
prolixidad no va aquí ynserta, el noble señor Ruy Sanchez de Cepeda, procurador mayor
dela Tierra dela dicha cibdad, y los honrados Juan Gutierrez Parron, vezino del lugar de
Aldeanueva dela Vera, e Juan Martín Crespo, vecino del lugar delas Casas del Puerto,y
Miguel Gonzalez de Azetuna, vecino del Villar, sesmeros dela dicha Tierra, y Francico
Alonso, vecino de Malpartida, y Juan Rodríguez, escrivano y bezino del lugar de
Xarahiz. Por ante mi, el escrivano yuso escripto, repartieron entre los lugares dela dicha
Tierra los treynta y seys mil y quinientos y cinco maravedíes que son obligados a pagar
a su magestad dela moneda forera, lo qual repartieron por los vezinos que en sus
minutas dieron, y mandaron que se carge por cada vezino quatro maravedíes y medio
quartillo blanca, y cupo a cada un concejo lo que en su nonbre dira, lo qual an de pagar
al dicho señor Ruy Sanchez de Cepeda la mitad en fin de dicho mes de abril, y la otra
mitad en fin del mes de julio siguiente de este mismo año.
El concejo de Xerete-------------------------------------874
El concejo de Badillo------------------------------------570
El concejo de Cabicuela------------------------------1206' 5
El concej o de Navaconcejo-----------------------------484' 5
El concejo de Espilla (.sic, por Asperilla)-------------684
El concejo de Valdeastillas-------------------------------408' 5
El concejo de Piornal-------------------------------------821'5
El concejo de Barrado------------------------------------403' 5
El concejo de Cabecabellosa-----------------------------3 3 2' 5
El lugar del Torno------------------------------------------3 61
El concejo del Billar--------------------------------------1049' 5
El concejo dela Xarilla-------------------------------------413
El concejo de Segura---------------------------------------4 75
El concejo deGargantilla-----------------------------------318
Aldeanueva del Camino por ocho vezinos conforme a su privillejo-------34

El qual dicho repartimiento va cierto y verdadero y repartido, conforme a los vezinos
delos dichos pueblos, e se hizo por ante mi Pedro de Paz, escrivano publico, notario de
sus magestades en la su coite y en todos sus reinos y señorios, y escrivano delos fechos
dela dicha Tierra, y en fe de verdad lo escrebí e firmé de mi nonbre. Pedro de Paz,
escrivano.

Sánchez de Cepeda, Ruy (procurador)

Privilegio de Carlos I a Plasencia y su tierra sobre la moneda forera

1543, abril, 22. Madrid.

PRIVILEGIO DE CARLOS I A PLASENCIA Y SU TIERRA SOBRE LA *MONEDA FORERA.

Don Carlos por la divina clemençia, emperador semper augusto, Rey de Alemania, e doña Juana, su madre, y el mismo don Carlos por la gracia de Dios, reyes de Castilla de Leon, de Aragon, etc. (...) a vos el que es o fuere nuestro corregidor o juez de residencia dela çibdad de Plazencia, e a vuestro lugartheniente en el dicho oficio e al nuestro Juez de comision que por nos ha sido o fuere dado para lo tocante a la cobrança dela moneda forera del obispado de Plasençia, e a otras qualesquier nuestras justiçias a quien lo contenido en esta nuestra carta toca, e a cada uno de vos en vuestra jurisdicion: salud y graçia. Sepades que por nuestrar carta previllejio dada en la çiudad de Segovia, treinta dias del mes de agosto del año pasado de mil e quinientos e çinco años, mandamos que delo que nos fuere debido de moneda forera en los lugares dela Tierra dela çibdad de Plazencia los años que se oviese de echar y repartir en estos nuestros reynos y señorios, no se cobrase dellos mas de treiynta y seis mil e quinientos e çinco maravedies, segund mas largamente se contiene en el dicho prebillegio. E agora por parte delos lugares dela dicha Tierra nos fue fecha relacion diziendo que Diego de Çepeda, nuestro recaudados mayor dela renta dela dicha moneda forera del obispado dela dicha çiudad de Plazencia, el año pasado de quinientos e quarenta e dos, les pide y demanda mucha mas quantidad de maravedies por la dicha moneda forera delo contenido en el dicho previllegio, e sobre ello les ha fecho muchas molestias e vexaçiones, e si a ello se diese lugar recivirian mucho agravio e daño. por ende que nos suplicavan e pedian por merced les mandasemos dar esta nuestra carta para que lo conthenido en el dicho previllegio se guardase e cumpliese, e no se les pidiese mas delos dichos treinta e seys mil e quinientos e çinco maravedies dela dicha moneda forera, ansi dela que adelante venideros, o como la nuestra merced fuese. Lo qual visto por los nuestros contadores mayores fue acordado que deviamos mandar dar esta nuestra carta para la dicha nuestra carta de previllejio de que de suso se haze mincion, e la guardeys e cunplays y executeys e hagays guardar e cunplir y executar en todo e por todo como consintays yr ni pasar por manera alguna, e no fagades ende al so pena dela nuestra merced e de diez mil maravedies para la nuestra camara a cada uno de vos que lo contrario hiziere. Dada en la villa de Madrid a veyntidos dias del mes de abril de mil e quinientos e quarenta e tres años.
Para quese guarde el previllejio que tienen los lugares dela Tierra de Plasencia sobre que no han de pagar más de 36505 de moneda forera.

  • La moneda forera era un tributo que se pagaba al rey cada 7 años en reconocimiento del señorío real.

Carlos I (rey de España)

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