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Real Provisión del rey Felipe II para que se de traslado de un privilegio del rey Sancho IV de 1290

Este documento está compuesto por dos traslados correspondientes a:
-Traslado de Real Provisión de rey Felipe II a petición de la ciudad de Plasencia para que se le de traslado de un privilegio del rey Sancho IV de 1290 así como de otros documentos, con el fin de poderlos presentar en el pleito que sostiene con la Campana de Albalá.
-Traslado del Privilegio del rey Sancho IV por el que revocaba las donaciones que se habían hecho en Plasencia y su tierra. Datado en Era Hispánica 1 de enero de 1328.

Carta de privilegio y confirmación de Real Cédula del rey Felipe IV a los vecinos de Plasencia y sus arrabales de ciertas exenciones y franquezas

Carta de privilegio y confirmación del rey Felipe IV de fecha 22 de octubre de 1635 confirmando ciertas exenciones y franquezas a los vecinos de Plasencia y sus arrabales, asentándose en los libros de confirmaciones de los contadores mayores el 6 de diciembre de 1635.
Así mismo precediendo a este privilegio se inserta:
-Disposición 1. 1621-04-27. Madrid. Carta de privilegio y confirmación de Felipe IV de real cédula dada por Felipe III el 22 de marzo de 1608 sobre la forma de confirmar los privilegios antiguos, dándose una cabecera y pie, y su registro, ordenándose así mismo que esta real cédula vaya encabezando los privilegios confirmados
-Disposición 2. 1599-01-22. San Martín de la Vega. Carta de privilegio y confirmación de Felipe III de la real cédula dada por Felipe II el 5 de enero de 1563 sobre la forma de confirmar los privilegios antiguos, dotándolos de una cabecera y pie, y su registro, ordenándose así mismo que esta real cédula vaya encabezando los privilegios confirmados
-Disposición 3. 1562-05-01. Madrid. Carta de privilegio y confirmación de Felipe II de su real cédula para que en lo sucesivo las confirmaciones de privilegios no se hagan insertando a la letra el privilegio antiguo sino dotándolo de una cabecera y pie, para evitar gastos a los interesados, ordenándose así mismo la forma de registrarlos y que esta real cédula vaya encabezando los privilegios confirmados.
-Disposición 4. 1494-11-25. Madrid. Carta de privilegio y confirmación de los Reyes Católicos de otra anterior dada en 1488 a los vecinos de Plasencia y sus arrabales, con excepción de los judios y los moros sobre la exención de no pechar ni contribuir con repartimientos
-Disposición 5. 1563-02-05. Madrid. Confirmación de Felipe II de la disposición anterior, asentándose en los libros de confirmaciones de los contadores mayores el 11 de diciembre de 1563

  • Disposición 6. 1608-03-22. Madrid. Confirmación de Felipe III el 22 de marzo de 1608 de los privilegios anteriores, asentándose en los libros de confirmaciones de los contadores mayores el 22 de septiembre de 1608.

Memoria del Sexmo de Plasencia

Memoria sobre los bienes pertenecientes al Sexmo de Plasencia para el repartimiento de los intereses generados por las inscripciones emitidas a la Comunidad Sexmo de Plasencia, redactada por el Individuo de la Comisión nombrada para realizar estos trabajos, Emilio Carreño Roger. Fue impresa por la imprenta El Canton Extremeño.
La memoria está estructurada en los siguientes apartados

  • Plasencia y su tierra
  • Sexmo ¿Qué es Sexmo?
  • Juntas de Fomento. Últimas disposiciones que tratan de la división de los bienes del Sexmo después de publicada la ley de desamortización civil.Trabajos levantados e investigaciones hechas por la Comisión.
  • Trabajos levantados e investigaciones hechas por la Comisión.
  • Repartimiento entre los condóminos de los intereses acumulados procedentes de lo emitido a nombre de la Comunidad, hasta 28 de mayo de 1883.
  • Emisión de inscripciones intransferibles que el Estado ha entregado a los Ayuntamientos en compensación de sus bienes enajenados
  • Manera como se han enajenado y emitido las inscripciones de los bienes del Sexmo
  • Grupos en que se dividen los baldíos en concordancia del actual estado en que se hallan.
  • Inventario de todos lo bienes del Sexmo enajenados y sin enajenar.
  • Observaciones que hace la Comisión a los pueblos interesados y medios que propone para resolver la equitativa distribución de los bienes del Sexmo.
  • Extracto del acta de la Comisión celebrada en 19 de diciembre de 1887.
  • Dictamen de la Comisión de 13 de abril de 1883.
  • Acta de la Junta general celebrada por los copartícipes en 28 de mayo de 1883.
  • Privilegio Fundacional de Plasencia y pueblos de su antigua jurisdición
  • Nota adicional
  • Índice de las materias que contiene esta memoria
  • Estado de los bienes de cada municipio

Proceso causado contra los lugares del suelo de Plasencia y caballeros particulares para que paguen los gastos de pleitos de la ciudad y repartimientos que se hicieron.

En los folios 90-91, se incluye una relación de los lugares y vecinos de Plasencia y su tierra para el repartimiento que había de hacerse, en la que aparece Plasencia con 1000 vecinos, y la relación de veciones de los pueblos de la Vera, del Jerte, y del Tietar, en total sumando entre más de 50 pueblos 9565 vecinos.

Ayuntamiento de Plasencia

Expediente de Joseph Tejado arrendatario de la barca de la Bazagona, solicitando se reconozca por perito la nueva barca construida y se le satisfaga su coste.

que Joseph Tejado solicita se le abone el pago de los 650 reales que le resta del total de 1000 reales por parte del Ayuntamiento por la construcción de una nueva barca al estar la antigua “muy quebrantada y en peligro de alguna desgracia.” El expediente se resuelve con el libramiento u orden de pago el 8 de abril de 1734.
Incluye el auto del corregidor nombrando perito, y acuerdo del 8 de abril de 1734 para que se le de libramiento.
Transcripción:
“Sobre la satibfación del coste de la Barca dela Bazagona =
Joseph Tejado Bezino de la villa de Toril, como mas lugar ay a ante Vuestra señoría, parezco y digo que en mi se rremató la fábrica de una barca para el puerto de la Bazagona. Uno de los propios del ayuntamiento de esta Muy Noble Ciudad por estar la que serbía muy quebrantada y en peligro de alguna desgracia, en cantidad de mill Reales de vellón con las condiciones que constan de su postura siendo una de ella, que un mes después del día del remate la havia de dar fenecida y acavada, […] del maestro perito y asimismo, que luego que ella rematase se me abian de dar quinientos reales para dar principio dicha fabrica y los doszientos y cinquenta reales luego que la madera de los pinos para su fabrica estuviese que esta en dicho puerto, y los doszientos y cinquenta reales restantes, luego que estubiese fenecida y puesta en el puerto, y dada por buena, y mediante que la tengo fenecida y acavada y hechada al agua y que no obstante dicha condición solo se me han entregado por la parte de dicho Ayuntamiento y sumamos de propios Doszientos cinquenta reales y se me restan setezientos y cinquenta , para que mediante lo refevido se perfecione. Constando haver cumplido con la obligación demi postura, y yo pueda cobrar mi libramiento haver que se me resta =
A V.s. pido y suplico se sirba de nombrar maestro yntelijente y perito el que sea de la elección de Vuestra señoría que para aber y rreconozer dicha barca teniendo presentes sus condiciones y prezedente juramento declaré de esta con arreglo a ellas, y constando es lo mandar que dicho mayordomo de propios se me paguen y satisfagan los referidos setezientos y cinquenta reales de bellon de que nezesito para satisfacer los gastos que he tenido en su fábrica y el premio de mi trabajo y ser conforme a lo capitulado y debo que pido y juro lo necesario.

Joseph Texado

Ayuntamiento de Plasencia

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