Documento del mes. Marzo 2025

DOCUMENTO DEL MES

DOCUMENTO DEL MES DE MARZO DE 2025

Expediente de solicitud de Auxiliar de Escuela de Niñas

Plasencia, Abril de 1925

 

Este mes de marzo, mes en el que se celebra el día Internacional de la Mujer, queremos daros a conocer un expediente de solicitud  de puesto de Auxiliar de Escuela de niñas de hace 100 años.

Este expediente nos va a ayudar a comprender la realidad de la época para las mujeres y los desafíos que muchas mujeres enfrentaban para acceder al ámbito laboral, en un tiempo en el que los derechos y oportunidades para las mujeres eran aún limitados. Gracias a la educación y al trabajo de muchas mujeres que reivindicaron su papel en la sociedad, hoy las mujeres tienen en nuestro país los mismos derechos que los hombres, unos derechos que como vamos a mostraros en 1925 carecían mayoritariamente de ellos.

 

 

El expediente que os vamos a mostrar está formado por varios documentos:

  • Renuncia de Filomena García, alumna en prácticas como Auxiliar de Escuela de Niñas. Plasencia, 14 de abril de 1925.
  • Solicitud de plaza de Matías Hernández en nombre de su hija Antonia Hernández. Plasencia, 16 de abril de 1925.
  • Acuerdo de nombramiento de Antonia Hernández como auxiliar de Escuela de Niñas. Plasencia, 17 de abril de 1925.

En 1932 se realizó un censo de mujeres y hombres, que tuvieran cumplidos los 23 años, para las elecciones que se celebrarían en noviembre de 1933. Fueron las primeras elecciones en las que votaban las mujeres en España, hasta entonces el derecho al voto era exclusivamente masculino, igualmente el acceso a los cargos políticos. El censo de 1932, recoge nombres y apellidos de hombres y mujeres mayores de 22 años, su edad, su domicilio, su profesión, y si sabían leer y escribir. Gracias a él vamos a poder acercarnos a la realidad laboral de las mujeres placentinas en aquella época, como os vamos a ir mostrando.

Consultando el Censo Electoral de 1932, hemos podido conocer que Antonia Hernández  tenía 24 años en 1932, por lo que cuando solicita la plaza tenía 17 años, y vivía en el domicilio familiar en la calle Alejandro Matías número 46 (actual calle del Sol),  con su padre Matías Hernández Neila de 44 años y de profesión propietario, con su madre Florinda Majada Moreno de 39 años y de profesión “su sexo”, y su hermano Joaquín Hernández Majada, un año menor que ella de 16 años y de profesión dependiente.

Volviendo al expediente, lo primero que nos llama la atención es que la solicitud del puesto de trabajo la hace el padre de la interesada:

“El que suscribe Matías Hernandez Neila vecino de esta ciudad […] Que habiendo sabido que se halla vacante la plaza de auxiliar de la Escuela de niñas que dirige Dña. Maria Francisca Marcos se permite solicitar dicha plaza para su hija Antonia Hernandez.”

La solicitud la firma únicamente el solicitante.

Hace 100 años la situación legal de las mujeres en España estaba marcada por una fuerte discriminación y la subordinación al hombre en casi todos los ámbitos.  Las mujeres estaban bajo la tutela de sus padres o en su defecto de otro pariente masculino mientras estaban solteras, una vez casadas pasaban a estar bajo tutela de sus maridos. Esto significaba que las mujeres necesitaban autorización del marido o tutor para firmar contratos, abrir cuentas bancarias, o adquirir bienes.

Es por este motivo que en el expediente que aquí os mostramos, es el padre de Antonia Hernández el que solicita el empleo para su hija.

En el tema laboral, al igual que en la educación, el acceso de las mujeres estaba limitado a sectores específicos. La enseñanza y enfermería, junto con el servicio doméstico, y la costura eran de las pocas profesiones consideradas adecuadas para las mujeres, pero con salarios más bajos que los hombres en la mayoría de los casos.

Analizando el Censo de 1932 podemos comprobar esta información, en Plasencia el 89%, 3.080 mujeres de 3.438 del total de las mujeres mayores de 22 años, tenían como oficio “Sus labores” o “Su sexo”. Este término “su sexo” hace referencia a “las labores propias de su sexo”,  como la madre de Antonia, Florinda Majada.  Estos dos conceptos que se usaban antiguamente dejan clara la desigualdad existente. Mantenían la idea de que el rol "natural" de la mujer era el de esposa y madre, y las labores domésticas y de cuidados eran exclusivas sólo para el sexo femenino.

El 11%, es decir las 358 mujeres restantes, estaba repartido en 49 profesiones, de las que el 3% eran sirvientas, el 1,2% eran religiosas, el 1% jornaleras, el 0,87% asiladas, el 0,61% lavanderas y las dedicadas a la costura el 0,84% entre costureras, modistas y sastras.

Una vez más esto es reflejo de la invisibilización de las tareas de las mujeres, puesto que muchas de las que figuran como “sus labores” o “su sexo” es posible que además de eso trabajaran con sus maridos en los negocios familiares, o en el campo, aunque no se les reconociera. 

Volviendo al expediente, la profesión que ocupaba Antonia Hernández, auxiliar de escuela de niñas, no aparece reflejada en el censo. Dedicadas a la enseñanza aparecen varias profesiones, en total 15 mujeres (el 0,43%), la más mayoritaria, la de maestra. En 1932 en Plasencia había 11 maestras según el censo, 2 profesoras, una profesora de obstetricia, y una mujer que tiene como profesión “Enseñanza”.

Desde finales del siglo XIX, se promovió la educación femenina, y muchas mujeres accedieron a plazas como maestras, especialmente en educación primaria. Sin embargo, su salario, por lo general, era inferior al de los maestros varones, y en muchos casos, se esperaba que dejaran el puesto si se casaban. En esa época, muchas mujeres que querían ejercer una profesión a largo plazo optaban por permanecer solteras, ya que el matrimonio solía implicar la obligación de dejar el empleo y dedicarse al hogar.

Según el censo, en 1932 Antonia Hernández ya no estaba de auxiliar de escuela de niñas, ya que figura como profesión “Su Sexo”.

El puesto de auxiliar de escuela de niñas en prácticas, por lo que tenemos constancia era un puesto con una remuneración muy baja. Antonia Hernández sustituyó en el puesto a Filomena García, la cual el 18 de octubre de 1923 había solicitado un aumento de sueldo ya que “el sueldo que en la actualidad  disfruta no se eleva más que a dos pesetas y veinticinco céntimos [diarias]”. Por ese escrito sabemos que en la escuela tenían ciento cuarenta niñas. Este escrito va acompañado por otro del Auxiliar de la escuela de niños solicitando el aumento para Filomena ya que “hecha la comparación [del sueldo] con otros empleos análogos o similares […] existe bastante diferencia entre unos y otros”.  Filomena además  realizaba horas extra gratis ya que “por las noches presta [asistencia] a las clases de adultos, y sin que por ello obtenga remuneración alguna.” No consta si se le concedió el aumento solicitado, y no sabemos si esta precariedad sería la que le llevaría a renunciar al puesto un año y medio después, como queda reflejado en el expediente.

El puesto de Directora de Escuela de niñas tampoco estaba muy bien remunerado, Francisca Marcos Losada, que era la titular de la Escuela de niñas número 2 de Plasencia, también había solicitado en varias ocasiones, un aumento en la asignación que le correspondía por el alquiler de la casa donde impartía las clases y donde también vivía. En la última solicitud de la que tenemos constancia, de agosto de 1923, reclama la cantidad de 750 pesetas anuales que le correspondían según “el artº 15 del vigente Estatuto general del Magisterio primario”,  frente a las 450 pesetas que recibía. La solicitud fue denegada “por carecer de consignación en el presupuesto”. Francisca Marcos Losada cesó de su cargo el día 21 de mayo de 1929, sin que conozcamos los motivos.

A pesar de las restricciones que tenían las mujeres para acceder a la educación superior, en los años 20 y 30 empezaron a aparecer más mujeres con estudios superiores y en profesiones liberales. Aunque todavía eran pocas, algunas lograron ser médicas, farmacéuticas, abogadas… En Plasencia en 1932, mujeres ejerciendo con estudios superiores, tan sólo figuran una médica y una farmacéutica.

 

 

 

 

Documentos adjuntos

Transcipción del expediente.