- ES 10148 AMP 01.01.05.001.32D508
- Unidad documental compuesta
- 1488-1592
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Ayuntamiento de Plasencia
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Traslado de un documento de los Reyes Católicos sobre el arrendamiento de la moneda forera
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Lleva inserta Real Cédula de Felipe V confirmando las exenciones que le fueron concedidas antiguamente, dada en el Pardo el 25 de enero de 1.726.
El traslado de la Concordia de 1549 comienza en el folio 50 v.
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Testimonio de Juan de Ceballos, juez ejecutor, sobre la moneda forera de la Tierra de Plasencia
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Orden de Leopoldo Gregorio de Esquilache (Marqués de Esquilache), Secretario de Hacienda, dada en San Ildefonso el 14 de agosto de 1763, en respuesta al escrito de la ciudad de Plasencia de 16 de julio. En esta orden se exige el pago de los cientos no comprendido en el Privilegio de las alcabalas de los ganados que se comprasen, vendiesen y pesasen en la Casa de las Carnicerías de Plasencia. Este documento está incluido en cuadernillo de la cédula de confirmación por el rey Felipe V de privilegios anteriores exceptuados del decreto de Incorporación y Valimientos.
Esquilache, Leopoldo Gregorio de (marqués de Esquilache)
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Ejecutoria sobre la moneda forera de Plasencia y su Tierra.
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Incluye :
35.1 - Poder de la Junta General del Sexmo dado en Malpartida (Iglesia de San Juan Bautista) el 19 de enero de 1.592, a favor de Alonso Rodríguez como procurador general de los lugares de la Tierra de Plasencia.
35.2 - En 1.532 -- Presentación ante el teniente de corregidor Francisco de Avilés de una provisión real de Carlos I, dada en Medina del Campo el dia 14 de julio de 1.532 revocando otra anterior a favor de la Tierra, mandando se haga información sobre las exenciones de moneda forera a Plasencia y sus arrabales.
35.3- Poder de la ciudad a favor de Juan de Hinojosa dado el 26 de julio de 1.532.
35.4- Poder de la Tierra de Plasencia dado en Cuacos Iglesia de Nuestra Señora de Santa María) 7 de mayo de 1.531.
35.5- Los representantes de la Tierra presentan un escrito de contradición ante el teniente de corregidor. Este declaró no haber lugar a la suplicación.
35.6- Escrito en contra del representante de la ciudad.
35.7-Informe favorable a la ciudad por parte del teniente de corregidor del 29 de octubre de 1.532.
35.8- Presentación ante el Consejo de una carta de privilegio y confirmación de los RR. CC. sobre las exenciones de los vecinos de Plasencia:
1ª. Dada en Valladolid el 22 de diciembre de 1.488.
2ª. Confirmación (sobrecarta) dada en Madrid el 25 de noviembre de 1.494.
35.9- Escrito de ambas partes para que se atienda sus peticiones.
35.10- Auto del Consejo de 25 de septiembre de 1.533 a favor de Plasencia.
35.11- Recurso de agravio contra este auto por parte del representante de la Tierra, pidiendo su anulación.
35.12- El representante de la ciudad Francisco de Collazos: que se debía confirmar el auto del Consejo.
35.13- Nuevo poder para los representantes de la Tierra (sustituyendo al anterior) dado en Jaraíz (Iglesia de Nuestra Señora de Santa María) el 16 de mayo de 1.533 y otro de 8 de julio de 1.533 sustituyendo a uno de ellos dado en Madrid en esa fecha.
35.14- Auto del Consejo dado en Madrid el 17 de octubre de 1.533, confirmando el auto anterior de 25 de septiembre de 1.533.
35.15- Carta ejecutoria (“En el interin”) a favor de Plasencia del 19 de octubre de 1.533 para que se guarde la posesión mientras el pleito se determinaba y se recibían pruebas.
35.16- Desautorización del procurador de la Tierra a otro procurador de la misma por haber consentido el auto pronunciado por el Consejo, y reclamación y contradición contra la carta ejecutoria.
35.17- Petición del procurador de Plasencia para que no se tenga en cuenta la petición de la parte contraria.
35.18- Auto de ejecución remitido a la Chancilleria de Valladolid el 27 de octubre de 1.548.
El procurador de la ciudad presentó varias pruebas:
Padrón mandado a hacer en 1.531 a cada uno de los lugares de la Tierra.
Ejecutoria a favor de la ciudad dada en Valladolid en 21 de mayo de 1.513.
Real provisión de Isabel I, retornando a la ciudad las barcas de Albalá, a cambio de quitar de sus Propios la dehesa del Arroyo de la Carça ( en el Campo Arañuelo) y quedarla por baldío. Dada en Ubeda el 3 de noviembre de 1.489.
El procurador de la Tierra dice que no se debe admitir estas escrituras como prueba por estar el pleito concluso.
35.19La ciudad presenta una escritura de concordia del 28 de septiembre de 1.549 (con inserción de los poderes de ambas partes, el de la Ciudad el 9 de agosto de 1.549 y los de la Tierra, Cuacos el 14 de julio de 1.549) y Cuacos el 11 de marzo de 1.548.
Nota.- La concordia en el documento de 1.594 comienza en el fol. 101; en el traslado de 1.761 comienza en el fol. 50 v.
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