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Gobierno

Autoridad que dirige, controla y administra la institución del Ayuntamiento de Plasencia.
Es el órgano encargado de la conducción política y administrativa. El gobierno municipal lo ejerce el Alcalde, como máxima autoridad municipal, y el Pleno, formado por el alcalde y los concejales, complementados por otros órganos de gobierno como las diferentes comisiones, así como por diversas juntas locales para aquellas competencias en las que el ayuntamiento colabora con el Estado.

Fondo Ayuntamiento de Plasencia

  • ES 10148 AMP 01
  • Fonds
  • 1255-08-28 - ?

Sus fondos documentales tienen gran entidad y reflejan la importancia que tuvo la Ciudad en tiempos pasados. No sólo son valiosos para la historia local de Plasencia sino también para el estudio de la historia de Extremadura, por haber sido ciudad con voto en Cortes en época medieval, sede episcopal casi desde el mismo momento de su fundación y haber sido cabecera de una amplia comarca con jurisdicción sobre un extenso territorio: Sexmos del Valle-Trasierra, Vera y Campo Arañuelo. Esto último generó una innumerable documentación entre Plasencia y su Tierra (actas, pleitos, datas de terreno, correspondencia, etc.).

Por otro lado en 1661 el concejo placentino compra a la corona los lugares de Cabezuela, Losar, Robledillo, Toril, Majadas y Talayuela, produciéndose una relación de señorío con respecto a estas villas. Esta nueva situación generó una serie de documentos en relación con las mismas como son los nombramientos de cargos y oficios concejiles para el control de dichas villas, así como los pleitos en apelación que acuden a la Ciudad.

Cronológicamente abarcan desde 1255 hasta hoy día, siendo el documento más antiguo un privilegio del Rey Alfonso X de 1255. Otros documentos que caben destacar son: la Carta de Hermandad entre Plasencia y Talavera de la Reina de 1274, el Privilegio del Rey Alfonso XI de 1346 confirmando el ordenamiento del Concejo Placentino, la Real Provisión de los Reyes Católicos de 1488 reintegrando a Plasencia en la Corona Real, el expediente de 1821-22 sobre la división provincial de Extremadura, así como el borrador de la carta de 1834 dirigida al Subdelegado Provincial de Policía comunicando la captura del famoso carlista Mariano Ceferino del Pozo (a) "Boquique". (Cada uno de estos documentos citados deberán abrirse para mostrar su foto).

Series documentales de interés son los libros de acuerdos capitulares (actuales actas municipales), las disposiciones de diversas autoridades, las cuentas de bienes propios, los deslindes y amojonamientos, los pleitos, el censo de población de Floridablanca de 1786, así como la documentación relativa a los hospitales de Plasencia, la alhóndiga y la Comunidad del Sexmo.

Por otro lado la documentación del siglo XX como son los proyectos de obras particulares y los expedientes de industria son bastantes consultados por los ciudadanos en general.

Ayuntamiento de Plasencia

Real Privilegio del rey Alfonso X para que los caballeros de Plasencia que fuesen de hueste con él o con otro por su mandado, lleven escudo, lanza, espada.

Alfonso X concede a los caballeros de Plasencia que fuesen con él en hueste o por su mandado y lleven escudo, lanza ,etc.. reciban dos escusados; otros dos si llevasen caballo, y dos más si llevan tienda redonda. Privilegio otorgado en Valladolid el 28 de Agosto de Era Hispánica de 1293.
Contiene una nota manuscrita suelta de 1859 del archivero de la Real Academia de la Historia con la transcripción de este privilegio.

Autoridades supramunicipales

Entidades, organismos, autoridades o instituciones competentes, con un poder y competencia superior a la municipal. Llevan a cabo la regulación, ordenación o control de uno o varios municipios.
Las disposiciones que se encuentran a partir de este nivel de descripción son solamente las que se han digitalizado del fondo del Archivo Municipal de Plasencia

Disposiciones

Las disposiciones supramunicipales son normas u ordenamientos por escrito, emitidas por cualquier entidad supramunicipal, las cuales engloban a uno o varios municipios.
Las disposiciones que se encuentran a partir de este nivel de descripción son solamente las que se han digitalizado del fondo del Archivo Municipal de Plasencia

Cartas de hermandad entre municipios

Las cartas de hermandad o cartas partidas en ABC eran documentos solemnes en los cuales los concejos que las firmaban se comprometían a defenderse y apoyarse mutuamente, se realizaban en pergamino e incluían los sellos colgantes de los concejos que las firmaban. Normalmente cada una de las ciudades firmantes conservaban una de las partes del documento, ya que en el mismo pergamino se redactaban las dos cartas, una en la parte superior y otra en la parte inferior, en la parte central se dibujaban las primeras letras del alfabeto y una vez validadas las cartas, se cortaba el pergamino por esas letras en forma de sierra, generando dos cartas que coincidían por las letras cortadas. La disposición que se encuentran a partir de este nivel de descripción es solamente la que se han digitalizado del fondo del Archivo Municipal de Plasencia

Carta de Hermandad entre el Concejo de Plasencia y el de Talavera de la Reina

Carta de Hermandad partida por abc entre las ciudades de Plasencia y Talavera de la Reina para ayudarse mutuamente ante cualquier contingencia
La transcripción del documento es la siguiente: "En el nonbre de Dios, Amen: Nos los Conçeios de Plazencia y de Talavera a serviçio de Dios e de nuestro señor el rey, e a pro e a onrra e guarda de nos e de todo quanto que avemos, fazemos e otorgamos nuestra bona hermandat, en huno por los que agora somos e por los que vernan despues de nos, para siempre iamas: Que nos amemos e que nos onremos e que nos ayudemos los hunos a los otros, contra todos los omes del mundos que contra nos vinieren, o que si alguno de nos los conçeios sobredichos fueremos contra otros omes, o contra conceio o conceios algunos qualesquier, todavia guardando el señorio del rey. Otrosi otorgamos e ponemos enpeños que cada que acaeçiere [que algunos de los] conceios sobredichos ovieren mester ayuda del otro conceio e enbiaren por el, quel venga a ayudar luego quantas ayudas pudieran ver, sin detenimiento ninguno para aquel dia que los enviaren dezir que los an menester, asi como sobredicho es, e que fagan en todo su poder tan bien como farian sobre sus cuerpos mismos. Et otrosi ponemos Nos, los Conçeios sobredichos, que quando acaesciere que algun ome fuere demandar alguna cosa de la huna [villa] a la otra,. que los alcaldes onde fuere la demanda que lo libren luego, sin hueste de rey e sin ferias e sin bozero, a tercer [dia] e sin otro alongamiento ninguno. Et Nos, los Conceios sobredichos, otorgamos de [façer nuestra] hermandat e esta postura bien e lealmente abonase sin mal engaño. Et porque esto sea firme e estable e non venga en dubda, Nos los Conceios sobredichos, mandamos fazer dos cartas palpadas por abece. Et fezimos poner en ellas nuestros seellos colgados por testimonio. Yo Felipe Godinez, escrivano, la escrivi por mandado de Miguel Muñoz, escrivano publico del Rey en Plazencia, e fize este mio synno. Fecha la carta quatro días de abril era de mil e trezientos e doze annos.
Yo, Miguel Muñoz, escrivano publico del Rey en Plazencia la mande fazer por que me lo mando el Conçejo."

Concejo/Ayuntamiento

Actualmente está representado por la corporación municipal, la cual está integrada por un alcalde y varios concejales que tienen jurisdicción sobre el término municipal de Plasencia.
Desde su fundación el Concejo de Plasencia tenía un alto grado de autonomía actuando en régimen de Concejo abierto, para posteriormente convertirse en Concejo cerrado. La toma de posesión de Plasencia por el rey Fernando el Católico confirma a Plasencia como ciudad de realengo. El cargo más importantes durante ésta etapa eran el Corregidor siendo sus funciones políticas, judiciales y militares, presidía el ayuntamiento y cuidaba la observancia de las ordenanzas municipales siendo el responsable del orden público y gestión policial junto con el Alcalde Mayor. Los libros de actas que se encuentran a partir de este nivel de descripción son solamente los que se han digitalizado del fondo del Archivo Municipal de Plasencia

Fuero de Plasencia

El Fuero de Plasencia, por su tipología es un fuero local o municipal y por lo tanto es el conjunto de leyes que otorgó Alfonso VIII y otros reyes sucesores hasta Fernando IV a la ciudad de Plasencia. Está estructurado en 735 leyes más 12 leyes añadidas por Sancho IV en un privilegio real, confirmado por medio de un privilegio de confirmación de Fernando IV que añade otra ley más, conformando un total de 748 leyes. Las leyes que recoge el fuero abarcan todos los ámbitos, salvo el espiritual, de la vida de los vecinos de la ciudad de Plasencia, regulando usos, costumbres, relaciones, economía... imponiendo las penas a ejecutar en caso de su incumplimiento o infracción
La mayoría de los estudiosos de la historia del derecho foral castellano opinan que este fuero pertenece a la familia de los del Fuero de Cuenca
El fuero contiene 735 leyes mas un privilegio de confirmación de Fernando IV dado en Toro el nueve de noviembre de mil trescientos treinta y cinco datado en Era Hispánica (09-11-1297 era cristiana), confirmando un privilegio anterior de Sancho IV dado en Toledo el veintiuno de enero de mil trescientos veintiocho en Era Hispánica (21-01-1290 era cristiana) que añadía doce leyes mas a las anteriores; el privilegio de confirmación de Fernando IV añade otra ley más

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