Documento del mes. Febrero 2019

PRESENTACIÓN

Los archivos son los depositarios de la memoria de los pueblos, por lo tanto la divulgación de sus fondos contribuye a la recuperación de la misma. Por ello el Archivo Municipal de Plasencia pretende acercar a los ciudadanos el patrimonio documental placentino a través de pequeñas muestras mensuales de documentos municipales, testimonios de nuestro pasado que nos irán ilustrando sobre aspectos inéditos o menos conocidos de nuestra historia.

DOCUMENTO DEL MES. FEBRERO 2019.

 

Padrón para la Administración y Cobranza de la Patente Nacional de Automóviles.

Municipio de Plasencia. Ejercicio de 1927.

 

 

PADRÓN para la Administración y cobranza de la Patente Nacional de Automóviles.

Término municipal de Plasencia.

Clase: A.B.C. y D.

Ejercicio de 1927.

Transcripción:

 

 Bajas provisionales. Exentos, bajas definitivas.

 Bajas provisionales. Exentos, bajas definitivas.

 Bajas provisionales. Exentos, bajas definitivas.

[1] Posible confusión del copista pues en posteriores padrones es Gamonal.

[2] Posible confusión del copista pues en posterior padrón se transcribe como Leonardo.

[3] Es el modelo Rochet-Schneider

[4] Posible error del copista, pues en posterior padrón aparece como Bares Liébanes, Daniel.

[5] Confusión del copista, cuyo número de orden es 10.

NOTA HISTÓRICA

La historia del automóvil ha sido un proceso paulatino que se inició con los primeros vehículos autopropulsados por vapor en el siglo XVIII, pero no será hasta finales del XIX cuando se desarrollen los primeros de gasolina, perfeccionándose los modelos hasta llegar hacia 1914 en Estados Unidos con la producción masiva de automóviles en las cadenas de montaje de H. Ford.

El control administrativo de los vehículos de motor se inicia en España en 1900 con la aprobación del Reglamento para la circulación de los automóviles. Este registro lo llevarían los Gobiernos Civiles al regularse que «nadie podrá conducir un automóvil por las carreteras si no posee un permiso expedido por el gobernador civil», para lo cual se tendría que examinar la aptitud del interesado, exigiéndose además «un documento que acredite la habilitación para circular», realizado por un ingeniero. Asimismo estableció las condiciones para circular por las carreteras, una de ellas era no generar gran ruido «a fin de evitar el espanto de las caballerías», la obligación de llevar una bocina o campana y de noche dos faroles encendidos, uno blanco y otro verde para la parte delantera, y otro rojo para la trasera; se fijó la velocidad de 28 Km. por hora a los automóviles particulares en carretera, y de 25 Km a los del servicio público, al mismo tiempo se estableció la de 12 Km. a los automóviles particulares en las travesías de los pueblos y de 10 Km. a los del servicio público.

Esta normativa es la que determinó la matriculación de los vehículos automóviles, siendo el 2º matriculado de toda España, el 18 de noviembre de 1900, de un vecino de Plasencia: Fabián Muñoz Serván, con un triciclo de marca Clement, matriculado CAC-1[1]. Su expediente de matriculación se conserva en el Archivo Histórico Provincial de Cáceres, y en la resolución de la concesión de la licencia se mencionaba que el interesado acompañaba «una certificación del maquinista de la fábrica de la luz eléctrica de la Ciudad de Plasencia».

El uso del coche se fue extendiendo, aunque en estas primeras etapas más como un elemento de prestigio de las élites que una herramienta de trabajo.

Posteriormente el desarrollo de la industria automovilística generó la implantación de un impuesto para su fiscalización en 1927, el denominado Patente Nacional de Circulación de Automóviles, que venía a refundir los del estado, de la provincia y del municipio que gravaban la tenencia o circulación de vehículos de tracción mecánica, incluyendo los automóviles de alquiler y los camiones de mercancías, clasificándolos en la siguiente forma:

1º Los de turismo, o sea para uso particular.

2º Los de alquiler, con o sin taxímetro.

3º Motocicletas, con o sin sidecar

4º Ómnibus (autobuses) destinados al transporte de viajeros por carreteras

5º Camiones destinados al transporte de mercancías.

Se estableció como unidad tributaria para la percepción de este impuesto el caballo de vapor de 75 kilográmetros[2] para los vehículos de tracción mecánica, aunque los destinados al transporte de viajeros por carreteras se fijó por el número de asientos, y los camiones por cada tonelada de capacidad de carga. Los dueños de los vehículos deberían dar de alta o de baja a estos mediante declaraciones individualizadas.

En lo referente al pago de la patente quedaban exceptuados los vehículos del estado, de las provincias y de los ayuntamientos, decidiéndose también por R. O. del 23 de septiembre del mismo año la exención del impuesto a los automóviles propiedad de los arzobispados y obispados, al considerarlos «como coches oficiales a los efectos de la exención». Los médicos, por un solo vehículo y siempre que este no excediera de los 750 kg., tenían una bonificación del 50%.

La administración y recaudación de las patentes correría a cargo de la Hacienda pública, distribuyendo el importe entre las tres administraciones, municipal, provincial y estatal, además del Patronato del Circuito Nacional de Firmes Especiales, percibiendo el Estado un 5% adicional por su administración y cobranza.

Con respecto al Padrón, documento protagonista de este mes, al ser el primero que se realizó contiene algunas erratas sobre los contribuyentes que en otros posteriores se subsanaron.

Uno de los aspectos que llama la atención es la reducida presencia de mujeres como titulares de vehículos, solamente ocho sobre un conjunto de 81 titulares fiscales[3], concretamente: Asunción Silva Lozano, Ramona Pérez, Viuda de Serapio Galindo, Teresa Delgado Galindo, Olalla Hernández Ramos, Viuda de Miguel González, Modesta García y Dolores Martín Salterain, esta última con tres vehículos.

En relación a las marcas las más destacadas son: Ford con veintitrés vehículos matriculados; Fiat con once; Citroen con siete; hay otras registradas con uno o dos vehículos, entre estas la española Hispano-Suiza que figura con dos vehículos.

De los destinados a la industria y servicio público se consignan siete camionetas, cuatro camiones, tres de los cuales pertenecían a la compañía La Verata, y cuatro ómnibus. En cuanto a las motocicletas son dos las referidas, una de la marca Triumph y otra de la Fabor.

Con posterioridad la Ley de Reforma Tributaria de 16 de diciembre de 1940 dispuso que las patentes de las clases A y D (automóviles de lujo o turismo y las motocicletas) quedasen integradas en la Contribución de Usos y Consumos, y las patentes de las clases B y C (automóviles de alquiler y camiones de mercancías) quedasen incorporadas a la contribución industrial.

En la actualidad son los ayuntamientos los que siguen gravando la tenencia de vehículos de tracción mecánica, IVTM, conocido popularmente como Impuesto de Circulación.

 

[1] En 1900 se matricularon 4 coches, siendo el primero de Palma de Mallorca, el segundo el ya mencionado de Plasencia, el tercero de Salamanca y el cuarto también de Palma de Mallorca. El de Plasencia sería por tanto el 1º de la Península.

[2] El kilográmetro (kgm.) equivale al trabajo que hay que desarrollar para elevar verticalmente un peso de un kilogramo a una altura de un metro.

[3] Aparecen algunos titulares con varios vehículos.