Documento del mes. Julio 2023

NOTA INFORMATIVA

DOCUMENTO DEL MES DE JULIO DE 2023

 

Expediente para la formación del Censo Electoral.

Plasencia 26 de enero de 1932

 

En este mes de julio, coincidiendo con las elecciones generales del 23 de julio de 2023, el documento a exponer en el Archivo Municipal de Plasencia será el Expediente para la formación del Censo Electoral de 26 de enero de 1932, y en el que mostraremos los siguientes documentos:

  • Instrucción para llevar a efecto la formación del Censo Electoral de la Dirección General del Instituto Geográfica, Catastral y de Estadística de 26 de enero de 1932
  • Bando sobre el Censo Electoral del Alcalde Julio Durán Pérez de 27 de febrero de 1932
  • Lista definitiva de los electores, de 19 de noviembre de 1932

El censo electoral de 1932 fue el primero en la historia de España donde apareció información respecto al sexo del elector, ya que incluía a “todas las personas de ambos sexos, de 18 y más años de edad”. Es decir, por primera vez en la historia de España se incluía a las mujeres en un censo electoral.

Según el Diccionario de la Real Academia Española un “censo electoral” es un registro general de personas, mayores de edad, con derecho a ejercer el voto.

Los censos electorales son una fuente de información con múltiples finalidades: genealógica, histórica, económica, social, política... Históricamente, el derecho al voto ha estado asociado a los hombres, por lo que la información recogida era únicamente sobre los varones:

  • Nombres y apellidos del elector varón

  • Edad

  • Si sabían leer y escribir (nivel de analfabetismo);

  • Profesión, oficio u ocupación (que reflejaba la actividad económica de la época)

  • Direccción (nombre de la calle, plaza, barrio…)

De ahí, la importancia del Censo de 1932, porque por primera vez, aparece toda esa información, también sobre las mujeres.

El 14 de abril de 1931 se proclamó la Segunda República española como resultado de las elecciones municipales celebradas dos días antes, el 12 de abril, según la ley electoral de 1907. Esta ley electoral, de 1907, establecía que tenían derecho al sufragio activo y pasivo los varones mayores de 25 años. Las elecciones municipales del 12 de abril de 1931 fueron las últimas, durante la Segunda República, en las que sólo los hombres ejercieron su derecho al sufragio activo y pasivo. Con las modificaciones establecidas en el artículo 36 de la Constitución de 9 de diciembre de 1931, en cuanto a la edad de los electores y elegibles: “Los ciudadanos, de uno y de otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes”. Se reconocía por primera vez el derecho de voto de las mujeres el cual se ejercería, dos años más tarde, en las elecciones del 19 de noviembre de 1933.

Con la aprobación del sufragio Universal, se hacía necesaria la Renovación total del Censo electoral, que se ordenó por Decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros de 26 de enero de 1932, para lo cual la Dirección General del Instituto Geofráfico, Catastral y de Estadística, editó un pequeño manual que contenía la Instrucción para llevar a efecto la formación del Censo Electoral.

En Plasencia, en las elecciones municipales del 12 de abril obtuvo una amplia mayoría absoluta con la Agrupación Republicana Socialista, con 14 concejales, frente a los 4 que obtuvieron los monárquicos, siendo nombrado interinamente para ostentar la alcaldía Modesto Durán Jiménez el 14 de abril de 1931. Las disensiones dentro del grupo de gobierno, le llevarían a dimitir a finales de junio, siendo sustituido el 14 de agosto de 1931 por Eugenio Calzada Rexach, el cual por motivos de salud dejó el cargo en noviembre de ese año. Le sustituirá Julio Durán Pérez, nombrado alcalde el 11 de diciembre de 1931. Fue el propio Julio Durán el que dictaría el Bando para la Renovación del Censo Electoral, que se muestra a continuación.

El expediente general está formado por todos los documentos relativos a todas las operaciones que se realizaron para la formación del Censo Electoral, incluye correspondencia con el Jefe Provincial de Estadística de la Provincia de Cáceres, Tomás Martín Gil, la constitución y actividades llevadas a cabo por la Junta Municipal del Censo de población, entre las que se encuentra el listado provisional del electorado y las reclamaciones posteriores a dicha lista y por último, la lista definitiva aprobada por la Junta Provincial del Censo Electoral el 19 de noviembre de 1932.