Documento del mes

PRESENTACIÓN

Los archivos son los depositarios de la memoria de los pueblos, por lo tanto la divulgación de sus fondos contribuye a la recuperación de la misma. Por ello el Archivo Municipal de Plasencia pretende acercar a los ciudadanos el patrimonio documental placentino a través de pequeñas muestras mensuales de documentos municipales, testimonios de nuestro pasado que nos irán ilustrando sobre aspectos inéditos o menos conocidos de nuestra historia.

DOCUMENTO DEL MES. DICIEMBRE 2020.

Carta de Vecindad de Doña María Josefa Abendaño y Vargas.

Plasencia, 1788, enero, 24.

Archivo Municipal de Plasencia

 

TRANSCRIPCIÓN

“Vezindad de Doña Maria Abendaño

Ylustrisimo. Señor

Doña Maria Josefa de Abendaño y Vargas, viuda de Don Pedro de Contreras, sobrina y heredera del Señor Don Juan de Vargas y Carvajal, Capitular que fue de este Muy Noble Ayuntamiento, ante Vuestra Señoría Ilustrísima con el mayor respeto Dice: Que con motivo de haver sucedido en las haciendas y ganados de dicho señor y hallarse estos criados en esta tierra en la que tienen sus pastos, y todo hipotecado a la seguridad y subsistencia de las Fundaciones piadosas que dispuso, se vee en la necesidad de conservarlo y de establecer para ello su vecindad con casa avierta en esta Ciudad, y confiada en la vondad de Vuestra Señoría Ilustrísima. = Suplica Rendidamente se sirva concedérsela con efecto dicha vecindad y acordar se hagan los asientos correspondientes de ello, para que asi conste y pueda disfrutar de los veneficios que logran los vecinos, y sufrir las cargas compatibles con su calidad y Estado en que recibirá Nuestra Justicia.

Ylustrisimo Señor.

Maria Josefa Avendaño y Vargas

En el Ayuntamiento hordinario que se zelebro por esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Plasenzia el dia Veynte y cuatro de henero de mill Setezientos ochenta y ocho, al que asistieron los Señores Justizia y Cavalleros Regidores que constan de el Libro Capitular de sus Acuerdos, se presento el Memorial prezedente y la Ciudad en su vista aviendo conferenziado, Acuerda de conformidad que con arreglo a la Ley Real, ordenanzas y leyes Municipales de esta Muy Noble Ciudad, admitía y admitió por Vezina de ella a Doña Maria Josefa de Abendaño y Vargas contenida en el anterior Memorial para que goze de los Venefizios Comunes y sufra las Cargas que como a tal la correspondan, librándosela el conpetente testimonio de cuio Acuerdo io el Escribano doy fee y lo firmé. =

Antonio Moreno y Azevedo”

NOTA INFORMATIVA

El Archivo Municipal de Plasencia muestra como Documento del Mes, durante éste atípico mes de diciembre la Carta de Vecindad de Doña María Josefa Abendaño y Vargas, formada por un memorial suscrito por la interesada solicitando su admisión como vecina de la Ciudad de Plasencia y el testimonio del Escribano Municipal dando fe del acuerdo del Ayuntamiento de 24 de enero de 1788 aceptando dicha petición. Este documento consiste en un despacho o título que se otorgaba a una persona, para que sea reconocida y tratada como vecina de esta Ciudad, asumiendo la misma todos los beneficios y cargas que implica dicha condición, aunque muchas veces por diversos motivos la Corporación Municipal denegaba a los peticionarios dicha concesión.

Vecino fue una unidad de población utilizada en España durante el Antiguo Régimen para realizar censos por motivos fiscales.  Según este criterio cada vecino era una unidad familiar, contabilizando en ésta al cabeza de familia, cónyuge, hijos, parientes, esclavos, etc.

Para realizar la conversión de vecinos a habitantes, es habitualmente aceptada la transformación de 4 o 5 habitantes por vecino, aunque no hay forma exacta de calcularlo, porque depende de las características poblacionales de cada zona. El carácter fiscal de estos censos llevó a que sólo afectaran decisivamente a los pecheros (contribuyentes no privilegiados), con los que los nobles, clérigos y gente de extrema pobreza,  quedasen casi siempre fuera de esta contabilidad, siendo unos datos bastantes imprecisos.

Este concepto de vecino fue utilizado hasta el  1768, año en el cual el Conde de Aranda, ministro del rey Carlos III, da las órdenes oportunas para que se inicien los trabajos encaminados a averiguar la verdadera población de esta Monarquía, para de esta forma poder promover ideas útiles al Estado, según los sexos y las edades.

La realización de este Censo se encomendó a los obispos, que recibieron instrucciones para recoger, a través de los párrocos de sus respectivas diócesis, los datos requeridos de los diferentes lugares de las mismas; en una tabla de doble entrada se debía resumir la población de acuerdo con seis grupos de edad, el sexo y el estado civil.

Posteriormente el Conde de Floridablanca, también bajo el reinado del monarca Carlos III, ordenó un recuento de la población de España durante el periodo de 1785-1787, con una finalidad primordialmente demográfica y económica y no fiscal. Es el primer censo español de población elaborado siguiendo técnicas estadísticas modernas:

 - La información se recoge por individuos y no por vecinos y su objetivo no es sólo conocer el número de habitantes sino también sus características: sexo, profesión, edad y estado civil

- Se realiza mediante visitas a los pueblos por parte de la autoridad competente y se prohíbe hacer públicos los datos individuales

- Se recogen también otros datos como numero de hospitales, casas de religión, de reclusión,…

- Se sigue una división civil del territorio: Provincias e Intendencias de España y sus islas (incluidas Orán, Ceuta y Presidios menores de Alhucemas y el Peñón)

En Plasencia este censo se realizó en octubre de 1786, conservándose en este Archivo una relación general, el cuaderno nº 11 y otras relaciones estadísticas más pormenorizadas por parroquias.

En 1877 se creó el Instituto Geográfico y Estadístico, encargado de realizar censos cada diez años. Estos censos, además de incluir la población global, también incluyen diversas características que completan estos estudios estadísticos para ayudarnos a obtener la visión de la población en un momento determinado.