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España
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Amojonamiento del Pinar del Moreno.

Comisión de la ciudad de Plasencia a Rodrigo de Almaraz para que de informe y amojone dicho pinar. El Pinar del Moreno pertenece en la actualidad al municipio de Talayuela.

Ayuntamiento de Plasencia

Requerimiento del Corregidor de Plasencia a la Villa de Oropesa sobre renovación de la mojonera.

Requerimiento del Corregidor de Plasencia a la Villa de Oropesa para que manden una persona autorizada a reconocer y renovar conjuntamente los mojones del término entre Plasencia y Oropesa, dada en Valparaíso. En el recibí de la notificación a Oropesa se hace referencia al deslindamiento efectuado por el juez de términos, tres años antes, en 1524.

La Mata (concejo, jurisdicción antigua, Cáceres, España)

Amojonamiento e información sobre los adelantamientos efectuados por el concejo de Plasencia y los vecinos de Serradilla en el baldío y dehesa de Plasencia.

información sobre los adelantamientos efectuados por los vecinos de Serradilla desde los Arroyos en el baldío y dehesa de Plasencia entre julio y septiembre de 1594. Contiene:

  • Denuncia de un vecino de Plasencia, Juan González, contra el concejo y vecinos de Serradilla porque habían adelantado más de cien fanegas en la dehesa de los Arroyos, labrando y rompiendo el baldío y la dehesa (16-07-1594)
  • Interrogatorio de testigos
  • Denuncia del procurador de la ciudad, Hipólito de la Cadena, contra Serradilla.
  • Se recorren los mojones de la ciudad en la Venta de la Serrana (24-07-1594), información de testigos.
  • El procurador de la ciudad pide traslado de la información, visita y deslinde de los mojones que estaban puestos en lo público y realengo de esta ciudad (03-09-1594)

Ayuntamiento de Plasencia

Carta de los Reyes Católicos a Francisco de Vargas, corregidor de la ciudad de Plasencia, sobre la exención del impuesto de la moneda forera

Isabel y Fernando, reyes de Castilla, ordenan a Francisco de Vargas, corregidor de la ciudad de Plasencia, que busque en el arca del concejo o donde fuere necesario las escrituras que recogen el privilegio otorgado a dicha ciudad por el duque Don Álvaro de Zúñiga, en virtud del cual dicha ciudad solicita ir exenta del pago del impuesto de la moneda forera y de otros impuestos, y que se las haga enviar para que puedan examinarla y tomar una determinación sobre dicho asunto.

Isabel I (reina de Castilla y de León)

Privilegio de Carlos I a Plasencia y su tierra sobre la moneda forera

1543, abril, 22. Madrid.

PRIVILEGIO DE CARLOS I A PLASENCIA Y SU TIERRA SOBRE LA *MONEDA FORERA.

Don Carlos por la divina clemençia, emperador semper augusto, Rey de Alemania, e doña Juana, su madre, y el mismo don Carlos por la gracia de Dios, reyes de Castilla de Leon, de Aragon, etc. (...) a vos el que es o fuere nuestro corregidor o juez de residencia dela çibdad de Plazencia, e a vuestro lugartheniente en el dicho oficio e al nuestro Juez de comision que por nos ha sido o fuere dado para lo tocante a la cobrança dela moneda forera del obispado de Plasençia, e a otras qualesquier nuestras justiçias a quien lo contenido en esta nuestra carta toca, e a cada uno de vos en vuestra jurisdicion: salud y graçia. Sepades que por nuestrar carta previllejio dada en la çiudad de Segovia, treinta dias del mes de agosto del año pasado de mil e quinientos e çinco años, mandamos que delo que nos fuere debido de moneda forera en los lugares dela Tierra dela çibdad de Plazencia los años que se oviese de echar y repartir en estos nuestros reynos y señorios, no se cobrase dellos mas de treiynta y seis mil e quinientos e çinco maravedies, segund mas largamente se contiene en el dicho prebillegio. E agora por parte delos lugares dela dicha Tierra nos fue fecha relacion diziendo que Diego de Çepeda, nuestro recaudados mayor dela renta dela dicha moneda forera del obispado dela dicha çiudad de Plazencia, el año pasado de quinientos e quarenta e dos, les pide y demanda mucha mas quantidad de maravedies por la dicha moneda forera delo contenido en el dicho previllegio, e sobre ello les ha fecho muchas molestias e vexaçiones, e si a ello se diese lugar recivirian mucho agravio e daño. por ende que nos suplicavan e pedian por merced les mandasemos dar esta nuestra carta para que lo conthenido en el dicho previllegio se guardase e cumpliese, e no se les pidiese mas delos dichos treinta e seys mil e quinientos e çinco maravedies dela dicha moneda forera, ansi dela que adelante venideros, o como la nuestra merced fuese. Lo qual visto por los nuestros contadores mayores fue acordado que deviamos mandar dar esta nuestra carta para la dicha nuestra carta de previllejio de que de suso se haze mincion, e la guardeys e cunplays y executeys e hagays guardar e cunplir y executar en todo e por todo como consintays yr ni pasar por manera alguna, e no fagades ende al so pena dela nuestra merced e de diez mil maravedies para la nuestra camara a cada uno de vos que lo contrario hiziere. Dada en la villa de Madrid a veyntidos dias del mes de abril de mil e quinientos e quarenta e tres años.
Para quese guarde el previllejio que tienen los lugares dela Tierra de Plasencia sobre que no han de pagar más de 36505 de moneda forera.

  • La moneda forera era un tributo que se pagaba al rey cada 7 años en reconocimiento del señorío real.

Carlos I (rey de España)

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