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Descripción archivística
Fondo Ayuntamiento de Plasencia
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Pesquisa hecha por Miguel Sánchez de Sepúlveda, corregidor de la ciudad de Plasencia, en razón de los términos y otros asuntos

Pesquisa hecha por Miguel Sánchez de Sepúlveda, corregidor de la ciudad de Plasencia, en razón de los términos y otras cosas. Fecha en 3 de septiembre de 1431 ante Martín Fernández de Logroño, escribano de esta ciudad.
Fartalón y su mujer, vecinos de Jerte, y rabí Abrahán, vecino de Plasencia, fueron apresados en el río Jerte y en el puente de Cuartos, término del conde de Oropesa, y conducidos a la villa del mismo nombre.

Orden de Leopoldo de Gregorio (Marqués de Esquilache) por la que se ordena el pago del 4% de la alcabala de la carnicería

Orden de Leopoldo Gregorio de Esquilache (Marqués de Esquilache), Secretario de Hacienda, dada en San Ildefonso el 14 de agosto de 1763, en respuesta al escrito de la ciudad de Plasencia de 16 de julio. En esta orden se exige el pago de los cientos no comprendido en el Privilegio de las alcabalas de los ganados que se comprasen, vendiesen y pesasen en la Casa de las Carnicerías de Plasencia. Este documento está incluido en cuadernillo de la cédula de confirmación por el rey Felipe V de privilegios anteriores exceptuados del decreto de Incorporación y Valimientos.

Esquilache, Leopoldo Gregorio de (marqués de Esquilache)

Memoria del Sexmo de Plasencia

Memoria sobre los bienes pertenecientes al Sexmo de Plasencia para el repartimiento de los intereses generados por las inscripciones emitidas a la Comunidad Sexmo de Plasencia, redactada por el Individuo de la Comisión nombrada para realizar estos trabajos, Emilio Carreño Roger. Fue impresa por la imprenta El Canton Extremeño.
La memoria está estructurada en los siguientes apartados

  • Plasencia y su tierra
  • Sexmo ¿Qué es Sexmo?
  • Juntas de Fomento. Últimas disposiciones que tratan de la división de los bienes del Sexmo después de publicada la ley de desamortización civil.Trabajos levantados e investigaciones hechas por la Comisión.
  • Trabajos levantados e investigaciones hechas por la Comisión.
  • Repartimiento entre los condóminos de los intereses acumulados procedentes de lo emitido a nombre de la Comunidad, hasta 28 de mayo de 1883.
  • Emisión de inscripciones intransferibles que el Estado ha entregado a los Ayuntamientos en compensación de sus bienes enajenados
  • Manera como se han enajenado y emitido las inscripciones de los bienes del Sexmo
  • Grupos en que se dividen los baldíos en concordancia del actual estado en que se hallan.
  • Inventario de todos lo bienes del Sexmo enajenados y sin enajenar.
  • Observaciones que hace la Comisión a los pueblos interesados y medios que propone para resolver la equitativa distribución de los bienes del Sexmo.
  • Extracto del acta de la Comisión celebrada en 19 de diciembre de 1887.
  • Dictamen de la Comisión de 13 de abril de 1883.
  • Acta de la Junta general celebrada por los copartícipes en 28 de mayo de 1883.
  • Privilegio Fundacional de Plasencia y pueblos de su antigua jurisdición
  • Nota adicional
  • Índice de las materias que contiene esta memoria
  • Estado de los bienes de cada municipio

Libros de actas capitulares

Las actas capitulares son los documentos más representativos de la gestión y administración de los concejos medievales castellanos. Eran expedidos por los órganos de gobierno locales y ellas se recogen las decisiones y actuaciones de los cargos concejiles de la época de los plenos que celebraban. Tenían una periodicidad semanal, aunque se celebraban todas aquellas que fuesen necesario, incluso varias en un mismo día; produciendo por lo tanto más de un acta en un mismo día. Son una fuente inestimable para la reconstrucción de los diversos aspectos de la vida de la ciudad de Plasencia.
Las resoluciones del cabildo que contienen brindan información sobre la economía y gestión de la ciudad, además de poder esbozar la organización social de la ciudad de Plasencia
Las actas capitulares tienen una estructura uniforme con un encabezamiento que contiene, entre otros componentes, la data crónica y a veces la data tópica del lugar concreto donde se celebraba la sesión del concejo productora del acta. Seguidamente, se desplegaba el cuerpo del acta, que era la parte más extensa, y es la que recoge todos los acuerdos y disposiciones del Concejo de Plasencia para concluir con el refrendo que añadía las firmas y rúbricas de la totalidad de la corporación municipal o, en su defecto, al menos del escribano y de quien hubiese presidido la sesión del Concejo.Las disposiciones que se encuentran a partir de este nivel de descripción son solamente las que se han digitalizado del fondo del Archivo Municipal de Plasencia

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