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Ayuntamiento de Plasencia Unidad documental compuesta
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Traslado de la ejecutoria sobe la moneda forera dado por los escribanos Juan Francisco Garrido y Gabriel García Moreno y Acevedo

Lleva inserta Real Cédula de Felipe V confirmando las exenciones que le fueron concedidas antiguamente, dada en el Pardo el 25 de enero de 1.726.
El traslado de la Concordia de 1549 comienza en el folio 50 v.

Ayuntamiento de Plasencia

Proceso causado contra los lugares del suelo de Plasencia y caballeros particulares para que paguen los gastos de pleitos de la ciudad y repartimientos que se hicieron.

En los folios 90-91, se incluye una relación de los lugares y vecinos de Plasencia y su tierra para el repartimiento que había de hacerse, en la que aparece Plasencia con 1000 vecinos, y la relación de veciones de los pueblos de la Vera, del Jerte, y del Tietar, en total sumando entre más de 50 pueblos 9565 vecinos.

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Expediente de Joseph Tejado arrendatario de la barca de la Bazagona, solicitando se reconozca por perito la nueva barca construida y se le satisfaga su coste.

que Joseph Tejado solicita se le abone el pago de los 650 reales que le resta del total de 1000 reales por parte del Ayuntamiento por la construcción de una nueva barca al estar la antigua “muy quebrantada y en peligro de alguna desgracia.” El expediente se resuelve con el libramiento u orden de pago el 8 de abril de 1734.
Incluye el auto del corregidor nombrando perito, y acuerdo del 8 de abril de 1734 para que se le de libramiento.
Transcripción:
“Sobre la satibfación del coste de la Barca dela Bazagona =
Joseph Tejado Bezino de la villa de Toril, como mas lugar ay a ante Vuestra señoría, parezco y digo que en mi se rremató la fábrica de una barca para el puerto de la Bazagona. Uno de los propios del ayuntamiento de esta Muy Noble Ciudad por estar la que serbía muy quebrantada y en peligro de alguna desgracia, en cantidad de mill Reales de vellón con las condiciones que constan de su postura siendo una de ella, que un mes después del día del remate la havia de dar fenecida y acavada, […] del maestro perito y asimismo, que luego que ella rematase se me abian de dar quinientos reales para dar principio dicha fabrica y los doszientos y cinquenta reales luego que la madera de los pinos para su fabrica estuviese que esta en dicho puerto, y los doszientos y cinquenta reales restantes, luego que estubiese fenecida y puesta en el puerto, y dada por buena, y mediante que la tengo fenecida y acavada y hechada al agua y que no obstante dicha condición solo se me han entregado por la parte de dicho Ayuntamiento y sumamos de propios Doszientos cinquenta reales y se me restan setezientos y cinquenta , para que mediante lo refevido se perfecione. Constando haver cumplido con la obligación demi postura, y yo pueda cobrar mi libramiento haver que se me resta =
A V.s. pido y suplico se sirba de nombrar maestro yntelijente y perito el que sea de la elección de Vuestra señoría que para aber y rreconozer dicha barca teniendo presentes sus condiciones y prezedente juramento declaré de esta con arreglo a ellas, y constando es lo mandar que dicho mayordomo de propios se me paguen y satisfagan los referidos setezientos y cinquenta reales de bellon de que nezesito para satisfacer los gastos que he tenido en su fábrica y el premio de mi trabajo y ser conforme a lo capitulado y debo que pido y juro lo necesario.

Joseph Texado

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Interrogatorio de Miguel Cayetano Soler sobre las fábricas, artes y oficios de la Ciudad de Plasencia.

Consta de noventa y cuatro preguntas a las que el Ayuntamiento debe contestar y enviar de forma diligente al Señor Secretario de Estado D. Miguel Cayetano Soler, está firmado en Barcelona a 12 de octubre de 1802 por “Soler y Mariano Domínguez” y relleno y firmado para su vuelta en Plasencia el 7 de mayo de 1803, por D. José de Castilla Canónigo del hábito de Santiago, Don José Zancudo y D. José Antonio del Barco, regidores y comisarios nombrados por el Ayuntamiento, y Don Juan Santos Villanueva, Prior Síndico Personero .

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Auto del Consejo de 17 de octubre determinando que se cumpla otro anterior de 25 de septiembre del mismo año para que los vecinos de Plasencia y sus arrabales sean amparados en la posesión de no contribuir tanto en la ciudad como en su tierra entretanto el proceso se sentencia

El primero de los documentos son dos hojas en pergamino que sirven de cubierta al segundo de ello

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