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Escrito de los industriales de la Plaza de Abastos solicitando modificaciones y mejoras

Escrito de los Industriales de la plaza de abastos solicitando varios puntos susceptibles de mejora al ayuntamiento, entre ellas que pudieran seguir vendiendo en el Mercado de los Martes en la Plaza Mayor. El expediente se resuelve por parte de ayuntamiento rechazando la solicitud y pasándosela a la Comisión del Mercado para su estudio y posible reforma del Reglamento.

Ayuntamiento de Plasencia

Fuero de Plasencia

El Fuero de Plasencia, por su tipología es un fuero local o municipal y por lo tanto es el conjunto de leyes que otorgó Alfonso VIII y otros reyes sucesores hasta Fernando IV a la ciudad de Plasencia. Está estructurado en 735 leyes más 12 leyes añadidas por Sancho IV en un privilegio real, confirmado por medio de un privilegio de confirmación de Fernando IV que añade otra ley más, conformando un total de 748 leyes. Las leyes que recoge el fuero abarcan todos los ámbitos, salvo el espiritual, de la vida de los vecinos de la ciudad de Plasencia, regulando usos, costumbres, relaciones, economía... imponiendo las penas a ejecutar en caso de su incumplimiento o infracción
La mayoría de los estudiosos de la historia del derecho foral castellano opinan que este fuero pertenece a la familia de los del Fuero de Cuenca
El fuero contiene 735 leyes mas un privilegio de confirmación de Fernando IV dado en Toro el nueve de noviembre de mil trescientos treinta y cinco datado en Era Hispánica (09-11-1297 era cristiana), confirmando un privilegio anterior de Sancho IV dado en Toledo el veintiuno de enero de mil trescientos veintiocho en Era Hispánica (21-01-1290 era cristiana) que añadía doce leyes mas a las anteriores; el privilegio de confirmación de Fernando IV añade otra ley más

Expedientes de litigios del Sexmo de Plasencia

El Privilegio Fundacional de Alfonso VIII concedió un amplio alfoz a la ciudad de Plasencia. En virtud de esta prerrogativa y para fomentar la repoblación de su territorio, Plasencia concedía terrenos por medio de cartas datas a los pobladores de su extenso alfoz y administraba junto con los pueblos y lugares sus montes y baldíos comunes a través de la Junta de Tierra de la Comunidad del Sexmo.
Estos expedientes reflejan estos actos de concesión o revocación de bienes comunales por la Ciudad de Plasencia a los diferente municipios del Sexmo de Plasencia, como autoridad representativa de la Corona
La mayoría de los expedientes conservados se produjeron a partir de las disposiciones de Carlos III que promovieron las concesiones de dehesas boyales a los municipios.
Estos expedientes reflejan el procedimiento administrativo que se seguía para la concesión de datas

Expediente para el ensanche de la dehesa boyal de Jaraíz

Este expediente se inicia en marzo de 1774 a petición de la villa de Jaraíz por la destrucción de los castañares por una epidemia, lo que les abocó a solicitar a Plasencia la concesión de terrenos para ensanchar su dehesa boyal, accediendo a ello la ciudad, si bien los trámites se dilataron durante dos años pues los terrenos pedidos inicialmente ya se habían concedido a los pueblos colindantes, por lo que Jaraíz volvió de nuevo en noviembre de 1775 a solicitar otros terrenos contiguos a la dehesa boyal: Cardenilla, Salobrar, Moriscas y Tejares.
Tras el nuevo deslinde de estos terrenos, el corregidor dispuso por su auto de 16 de diciembre de 1775 se concediese por la ciudad la carta de data, la cual es otorgada por acuerdo municipal de Plasencia del 26 de febrero de 1776. De este importante documento desgraciadamente solo se ha conservado el folio primero (folio 20 del expediente), no obstante figuran en el expediente el deslinde del terreno efectuado el 4 de diciembre de 1775, la posesión de los baldíos dada por el comisionado el 23 de noviembre de 1776 y el amojonamiento de los terrenos concedidos, efectuado el 28 de julio de 1777, siendo probado por el corregidor al día siguiente.
Documentos más relevantes:
Fol. 1 r. y v. Petición de Jaraíz de terreno para ensanche de su dehesa boyal [marzo 1774]
Fol. 15 r.-16 r. Nuevo escrito del ayuntamiento de Jaraíz alegando que el terreno que se tenía que haber dado a Jaraíz se había concedido a Pasarón, por lo que solicitan nuevos terrenos contiguos a la dehesa boyal: Cardenilla, Salobrar, Moriscas y Tejares, pidiendo se reconozcan, señalen, demarquen y se le dé el título de posesión [noviembre 1775]. Decreto del corregidor para que la anterior petición se una al expediente, dado en Pasarón el 28 de noviembre de 1775.
Fol. 17 r. -19 r. Declaración del perito ante el corregidor dando el deslinde del terreno (fol. 18 r y v.), dada en Pasarón el 4 de diciembre de 1775.
Fol. 19 r. y v. Auto del corregidor de 16 de diciembre de 1775 ordenando que la ciudad dé su carta de data.
Fol. 20 r. y v. Fragmento de la carta de data , incompleto (solo el inicio y hoja desprendida).
Fol. 23 r. y v. Petición del representante de Jaraíz a fin de que se haga el amojonamiento, reiterando que se le dé posesión del terreno concedido. [marzo de 1776].
Fol. 24 v.-25 v. El comisionado José Garrido y Calderón da la posesión de los baldíos de Salobrar, Tejares, Machuca, Cardenilla, parte de las Radas y Moriscas el 23 de noviembre de 1776.
Fol. 27 r. y v. El representante de Jaraíz José Garrido pide que se efectúe el amojonamiento al haberse dado solo la posesión por el escribano comisionado.[julio de 1777]
Fol. 29 r. y v. Auto del corregidor del 28 de julio de 1777 dando comisión, por indisposición suya, al escribano José Garrido y Calderón para efectuar el amojonamiento.
Fol. 30 r.-31 r. Amojonamiento efectuado el 28 de julio de 1777.
Fol. 31 r.-32 r. Auto del corregidor dado en Jaraíz el 29 de julio de 1777 aprobando el amojonamiento
Fol. 32 r. Notificación del escribano comisionado el 29 de julio de 1777 a los componentes del Ayuntamiento de Jaraíz del amojonamiento efectuado.
Fol. 32 r. Nota de haberse signado el expediente el 30 de julio de 1777.

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